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Política

Piden que concesionarios de telecomunicaciones cumplan con normas oficiales sobre postes y cableado

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El diputado Salvador Caro Cabrera (MC), plantea por medio de una iniciativa, reformar las fracciones VIII y IX del artículo 118 y adiciona la fracción X de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

La enmienda propone que los concesionarios que operen redes públicas de telecomunicaciones deberán cumplir los acuerdos, lineamientos, normas oficiales mexicanas y demás normatividad correspondiente sobre postes y cableado.

Además, siempre deberán asegurarse de que este no entorpezca el tránsito, las vías generales de comunicación o ponga en riesgo la vida e integridad de las personas.

De igual forma, en caso de que esto suceda, tendrán diez hábiles para realizar las mejoras correspondientes, mientras que, para quitar el cableado que ya no utilicen, tendrán hasta cinco días hábiles. En caso de que incumplan lo anterior, la concesión será revocada conforme a lo dispuesto en el artículo 115 de este ordenamiento.

El documento, señala que los postes y cableado están en malas condiciones, afectan la integridad física y han causado la muerte de varias personas debido a accidentes prevenibles. Asimismo, se impacta el derecho a una vivienda digna y se pone en riesgo la seguridad de las personas.

La propuesta, remitida a la Comisión de Comunicaciones y Transportes para dictamen, indica que a los concesionarios no les interesa respetar la normatividad vigente, ni tener en buenas condiciones el cableado y los postes; tampoco se responsabilizan de ellos.

Expone que existen diversos ejemplos de cómo la indebida instalación y mantenimiento del cableado eléctrico y fibra óptica, han afectado la vida de las personas y, en ciertos casos, ocasionado accidentes de muerte.

Refiere que algunos sucesos registrados fueron por cables sueltos que al cruzar las vialidades se enredan en motocicletas o en personas; otros hechos se dan en zonas donde existen telarañas de cables colgados de los postes a alturas no mayores a un metro.

Por todo ello, el Poder Legislativo no puede ser indiferente ante esta problemática que ya ha cobrado la vida de personas a lo largo y ancho del país y afectado las condiciones de vivienda digna de muchas familias mexicanas.

 

Política

Senado publica en Gaceta Parlamentaria iniciativa del Ejecutivo Federal para fortalecer soberanía nacional

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La Cámara de Senadores publicó en la Gaceta Parlamentaria la iniciativa que envió la titular del Ejecutivo Federal, Claudia Sheinbaum Pardo, para reformar el artículo 19 y 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y fortalecer la soberanía nacional.

El proyecto de decreto plantea adicionar dos párrafos al artículo 40 de la Carta Magna, para establecer de manera categórica que:

“El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo”.

Además, establece que “tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables”.

La reforma constitucional al artículo 19 propone incluir el delito de terrorismo, ello, con el objeto de establecer que “a cualquier nacional o extranjero involucrado en la fabricación, distribución, enajenación, traslado o internación al territorio nacional de manera ilícita de armas, y a cualquier extranjero que realice actividades al margen de la ley vinculadas con los párrafos segundo y tercero del artículo 40 de esta Constitución, se le impondrá la pena más severa posible, así como la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”.

El documento subraya que los tiempos que corren están caracterizados por el signo de la complejidad, lo que hace necesario enaltecer, ratificar y fortalecer nuestros principios históricos, los cuales constituyen un poderoso capital existencial y político y una inagotable fuente de reserva estratégica para enfrentar los desafíos del presente.

Además, se recibió y publicó en la Gaceta Parlamentaria, la iniciativa con proyecto de decreto que expide las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Este paquete de reformas, entre otros puntos, mandata la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como de los organismos garantes en las entidades federativas, para que la tutela del derecho de acceso a la información y la política de transparencia se trasladen a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

El documento refiere que el objetivo es fortalecer el uso óptimo de recursos públicos, al simplificar la estructura gubernamental, con lo que se asegurará que las atribuciones que tenía conferidas el INAI se ejerzan bajo esquemas más funcionales, eficaces y de acuerdo con los principios de racionalidad y austeridad republicana.

Lo anterior, señala, sin que con ello disminuya la garantía de los derechos de acceso a la información y protección de los datos personales, ya que ambos derechos humanos reconocidos por la Carta Fundamental son inherentes a la persona y el Estado tiene la obligación de garantizar su ejercicio.

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Política

Cámara de Diputados recibe iniciativa presidencial para fortalecer financiamiento del ISSSTE y derecho a la vivienda

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La Cámara de Diputados recibió una iniciativa de la titular del Ejecutivo Federal que reforma disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en materia de fortalecimiento del financiamiento de la institución y el derecho a la vivienda para las personas trabajadoras al servicio del Estado.

El documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, busca establecer en la Ley del ISSSTE que las cuotas y aportaciones del seguro de salud se realicen sobre el salario integrado, cuando este rebase las diez Unidades de Medida y Actualización (UMAs), a fin de captar mayores recursos que permitan al ISSSTE financiar la prestación de servicios médicos en todas sus unidades.

Menciona que la percepción neta es la que resulte de aplicar a los importes brutos mensuales, el impuesto correspondiente, mientras que el salario integrado es el compuesto por los sueldos y salarios devengados por el trabajador y que se integran por el sueldo base tabular y las compensaciones tabulares que reciban.

También, faculta al Fondo de la Vivienda del ISSSTE con atribuciones para la adquisición, construcción, rehabilitación y renta de vivienda para las personas trabajadoras del Estado, a efecto de cumplir lo establecido en el artículo 123, apartado B, fracción X1, Inciso f) de la Constitución Política.

Resalta que el Fondo de la Vivienda adquirirá, rehabilitará y construirá viviendas para ser vendidas o arrendadas a precios accesibles a las personas trabajadoras y pensionadas beneficiarias de esta Ley y estará facultado igualmente para adquirir o urbanizar terrenos destinados a formar unidades habitacionales. Además, el Fondo podrá demoler la vivienda o inmuebles que adquiera para rehabilitar y construir.

Refiere que a lo largo de la existencia del ISSSTE se ha incrementado la demanda de atención en cada uno de los servicios que se prestan, lo que requiere de fuentes de financiamiento que permitan atenderla con cabalidad.

Ante ello, a fin de contar con mayores ingresos para aplicarlos a la atención a la derechohabiencia y, al mismo tiempo, fortalecer los mecanismos de progresividad y proporcionalidad que deben regir en las políticas públicas, la iniciativa busca el fortalecimiento financiero del ISSSTE, para lo cual propone que las personas servidoras públicas cuyas percepciones superen las 10 Unidades de Medida y Actualización mensuales paguen sus cuotas sobre el cálculo de sus salarios integrados, para el caso del seguro de salud, y no el sueldo básico, que suele ser de hasta una tercera parte de sus ingresos.

Ello, concatenado con la obligación que también tendrán las dependencias y entidades del Estado para el caso del seguro de salud, cuando la persona trabajadora tenga una percepción mayor a las 10 Unidades de Medida y Actualización mensuales, en que igualmente se calculará sobre su salario integrado.

Precisa que la estimación que se obtendrá sumando las cuotas y aportaciones que se generen, será de un total de $11,100,000,000.00 (once mil cien millones de pesos 00/100 M.N.) de los cuales $3,400,000,000.00 (tres mil cuatrocientos millones de pesos 00/100 M.N.) corresponderán a aportaciones de las personas trabajadoras y $7,700,000,000.00 (siete mil setecientos millones de pesos 00/100 M.M.) a entes del Estado.

Además, la iniciativa considera imprescindible modificar la Ley del ISSSTE, con la finalidad de que dentro de este sistema de financiamiento le sean regresadas al FOVISSSTE las atribuciones de adquisición, construcción, rehabilitación y renta de vivienda, para que, además de que sea barata y suficiente, cumpla con las necesidades de las personas trabajadoras y sus familias, como lo señala la Constitución Política.

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Cámara de Diputados recibe iniciativa presidencial para fortalecer financiamiento del ISSSTE y derecho a la vivienda

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La Cámara de Diputados recibió una iniciativa de la titular del Ejecutivo Federal que reforma disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en materia de fortalecimiento del financiamiento de la institución y el derecho a la vivienda para las personas trabajadoras al servicio del Estado.

El documento publicado en la Gaceta Parlamentaria, busca establecer en la Ley del ISSSTE que las cuotas y aportaciones del seguro de salud se realicen sobre el salario integrado, cuando este rebase las diez Unidades de Medida y Actualización (UMAs), a fin de captar mayores recursos que permitan al ISSSTE financiar la prestación de servicios médicos en todas sus unidades.

Menciona que la percepción neta es la que resulte de aplicar a los importes brutos mensuales, el impuesto correspondiente, mientras que el salario integrado es el compuesto por los sueldos y salarios devengados por el trabajador y que se integran por el sueldo base tabular y las compensaciones tabulares que reciban.

También, faculta al Fondo de la Vivienda del ISSSTE con atribuciones para la adquisición, construcción, rehabilitación y renta de vivienda para las personas trabajadoras del Estado, a efecto de cumplir lo establecido en el artículo 123, apartado B, fracción X1, Inciso f) de la Constitución Política.

Resalta que el Fondo de la Vivienda adquirirá, rehabilitará y construirá viviendas para ser vendidas o arrendadas a precios accesibles a las personas trabajadoras y pensionadas beneficiarias de esta Ley y estará facultado igualmente para adquirir o urbanizar terrenos destinados a formar unidades habitacionales. Además, el Fondo podrá demoler la vivienda o inmuebles que adquiera para rehabilitar y construir.

Refiere que a lo largo de la existencia del ISSSTE se ha incrementado la demanda de atención en cada uno de los servicios que se prestan, lo que requiere de fuentes de financiamiento que permitan atenderla con cabalidad.

Ante ello, a fin de contar con mayores ingresos para aplicarlos a la atención a la derechohabiencia y, al mismo tiempo, fortalecer los mecanismos de progresividad y proporcionalidad que deben regir en las políticas públicas, la iniciativa busca el fortalecimiento financiero del ISSSTE, para lo cual propone que las personas servidoras públicas cuyas percepciones superen las 10 Unidades de Medida y Actualización mensuales paguen sus cuotas sobre el cálculo de sus salarios integrados, para el caso del seguro de salud, y no el sueldo básico, que suele ser de hasta una tercera parte de sus ingresos.

Ello, concatenado con la obligación que también tendrán las dependencias y entidades del Estado para el caso del seguro de salud, cuando la persona trabajadora tenga una percepción mayor a las 10 Unidades de Medida y Actualización mensuales, en que igualmente se calculará sobre su salario integrado.

Precisa que la estimación que se obtendrá sumando las cuotas y aportaciones que se generen, será de un total de $11,100,000,000.00 (once mil cien millones de pesos 00/100 M.N.) de los cuales $3,400,000,000.00 (tres mil cuatrocientos millones de pesos 00/100 M.N.) corresponderán a aportaciones de las personas trabajadoras y $7,700,000,000.00 (siete mil setecientos millones de pesos 00/100 M.M.) a entes del Estado.

Además, la iniciativa considera imprescindible modificar la Ley del ISSSTE, con la finalidad de que dentro de este sistema de financiamiento le sean regresadas al FOVISSSTE las atribuciones de adquisición, construcción, rehabilitación y renta de vivienda, para que, además de que sea barata y suficiente, cumpla con las necesidades de las personas trabajadoras y sus familias, como lo señala la Constitución Política.

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