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action or later. Please see Debugging in WordPress for more information. (This message was added in version 6.7.0.) in /home/informativocapit/public_html/wp-includes/functions.php on line 6121zox-news
se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init
o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /home/informativocapit/public_html/wp-includes/functions.php on line 6121Por Gerardo G\u00e1mez Pacheco (*)<\/p>\n
Los emprendedores o empresarios con una visi\u00f3n de expansi\u00f3n de sus empresas tienen en la disminuci\u00f3n del coeficiente de utilidad, una herramienta como una especie de auto cr\u00e9dito que legalmente otorga el Sistema de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) para su beneficio, con el fin de que puedan contar con una buena planeaci\u00f3n fiscal, optimizar el pago de impuestos de forma legal y, de esta forma, contar con un recurso inmediato para capitalizar sus empresas.<\/p>\n
Por esto, para ellos siempre es muy importante conocer todas las alternativas que existen para poder obtener los mayores beneficios, siempre dentro de la ley, y \u00e9ste es uno de ellos, el cual les permite que los pagos provisionales sean menores e, inclusive, sin pago, seg\u00fan sea el caso, aunque al final del periodo fiscal tendr\u00e1n que tributar completo sobre su margen de ganancias.<\/p>\n
En la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se establece c\u00f3mo deben ser los sencillos tr\u00e1mites ante el SAT y una vez que se obtenga la autorizaci\u00f3n (existe un porcentaje muy alto de que se autorice), se puede utilizar dicho beneficio (coeficiente de utilidad) hasta que se conozca el del nuevo a\u00f1o, es decir a m\u00e1s tardar el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que se solicit\u00f3 dicho beneficio (disminuci\u00f3n).<\/p>\n
Quiz\u00e1 el establecer una estrategia eficaz pudiera ser algo complicado de entender en un primer momento para los emprendedores o empresarios con visi\u00f3n de expansi\u00f3n, sin embargo, es muy sencillo. Para poderlo implementar en tu empresa o negocio s\u00f3lo necesitas la colaboraci\u00f3n de tu experto fiscal para que te gu\u00ede en cada uno de los pasos tras una explicaci\u00f3n de c\u00f3mo hacerlo.<\/p>\n
Existen empresas y negocios que aprovecharon esta facilidad (disminuci\u00f3n del coeficiente de utilidad) mediante la cual se le permite al tributario realizar pagos provisionales menores a los normales e, inclusive, sin pago, seg\u00fan sea el caso, lo que facilita contar con flujos de efectivo que al final del ejercicio pudieran resultar como un saldo a favor, y es un procedimiento que muchas empresas pueden aplicar como una alternativa a la descapitalizaci\u00f3n.<\/p>\n
La solicitud puede realizarse de manera presencial ante las oficinas de recaudaci\u00f3n del SAT o bien, en l\u00ednea, entrando a \u201cMi Portal\u201d, luego al apartado \u201cServicio o solicitudes\u201d, seleccionando despu\u00e9s \u201cTr\u00e1mite\u201d y, finalmente, la opci\u00f3n \u201cDisminuir coeficiente utilidad\u201d, redactando adem\u00e1s el motivo por el que se solicita el beneficio, debiendo acompa\u00f1ar los elementos que establece la propia ley en referencia.<\/p>\n
Es importante aclarar que es a partir del segundo semestre del ejercicio fiscal, es decir, entre julio y diciembre, cuando las empresas o negocios podr\u00e1n solicitar al SAT la disminuci\u00f3n del coeficiente de utilidad una vez hayan estimado que el coeficiente para determinar sus pagos provisionales es mayor al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos. Adem\u00e1s, es tambi\u00e9n importante hacer dicha solicitud con un mes de anticipaci\u00f3n a la fecha de pago.<\/p>\n
Este beneficio emana del art\u00edculo 14 fracci\u00f3n III inciso b y la regla 3.1.24 de la resoluci\u00f3n de la Miscel\u00e1nea Fiscal (RMF) para el a\u00f1o 2023, publicada el 27 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n
Una vez realizado el procedimiento, los contribuyentes deber\u00e1n consultar en el portal del SAT, dentro del plazo de diez d\u00edas h\u00e1biles, si ya puede hacer uso de los beneficios solicitados en la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n
Ahora bien, en caso de que la autoridad fiscal solicite informaci\u00f3n adicional, el contribuyente tendr\u00e1 otros diez d\u00edas h\u00e1biles para dar cumplimiento al requerimiento, para contar con la autorizaci\u00f3n, y en caso de no cumplir con lo requerido por el SAT en el t\u00e9rmino se\u00f1alado, se le rechazar\u00e1 la solicitud.<\/p>\n
Una vez cumplido el supuesto inmediato anterior, la resoluci\u00f3n del SAT la conocer\u00e1 dentro de los tres meses posteriores, durante los cuales deber\u00e1 tomar en cuenta que la autoridad puede aprobar de manera total o parcial dicha solicitud.<\/p>\n
Es importante mencionar que, si una vez concluido el ejercicio fiscal resulta que los pagos provisionales (declaraciones peri\u00f3dicas), fueron enteradas en menor cantidad a la que les hubiera correspondido sin aplicar la disminuci\u00f3n, se cubrir\u00e1n los recargos correspondientes por la diferencia entre los pagos autorizados y los que les hubieran correspondido.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"
Por Gerardo G\u00e1mez Pacheco (*) Los emprendedores o empresarios con una visi\u00f3n de expansi\u00f3n de sus empresas tienen en la disminuci\u00f3n del coeficiente de utilidad, una herramienta como una especie de auto cr\u00e9dito que legalmente otorga el Sistema de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) para su beneficio, con el fin de que puedan contar con una buena […]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":50911,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[],"class_list":["post-50909","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-nacional"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50909","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=50909"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50909\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":50910,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/50909\/revisions\/50910"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/media\/50911"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=50909"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=50909"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/informativocapital.com\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=50909"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}